Finanzas

Calculadora de IVA o impuesto indirecto

Para añadir el IVA multiplica la base por (1 + tipo ÷ 100): 1.000 € con IVA del 21 % son 1.210 €. Para quitarlo de un importe que ya lo incluye, divide entre 1,21: 1.210 ÷ 1,21 = 1.000 € de base y 210 € de cuota.

Esta calculadora funciona en los dos sentidos: añade el IVA a una base imponible o desglosa base y cuota a partir de un importe que ya lo lleva incluido. En España los tipos vigentes son el 21 % general, el 10 % reducido y el 4 % superreducido.

Método revisado2026-08-06
Datos del cálculo
%
Resultado
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Formato: Español · Internacional
Resultado calculado para calculadora de iva o impuesto indirecto: al pasar tipo impositivo de 5,3 % a 63 %, el resultado sube de 53 a 630.
Resultado calculado para calculadora de iva o impuesto indirecto: al pasar tipo impositivo de 5,3 % a 63 %, el resultado sube de 53 a 630.
Método transparente

Fórmula y método

Esta calculadora funciona en los dos sentidos: añade el IVA a una base imponible o desglosa base y cuota a partir de un importe que ya lo lleva incluido. En España los tipos vigentes son el 21 % general, el 10 % reducido y el 4 % superreducido.

Se aplican las magnitudes introducidas según el método estándar de iva o impuesto indirecto.
  1. Introduce el importe y elige si ya incluye IVA o no.
  2. Selecciona el tipo aplicable a la operación.
  3. Si el importe no lleva IVA, la cuota es importe × tipo ÷ 100.
  4. Si ya lo lleva, la base es importe ÷ (1 + tipo ÷ 100) y la cuota es la diferencia.
Paso a paso

Ejemplos resueltos

Emitir una factura de servicios

  1. Base imponible: 1.500 €. Tipo general: 21 %.
  2. Cuota: 1.500 × 0,21 = 315 €
  3. Total factura: 1.500 + 315 = 1.815 €

Facturas 1.815 €, de los que 315 € son IVA repercutido que tendrás que declarar.

Desglosar un ticket de 63,80 €

  1. Importe con IVA: 63,80 €. Tipo reducido de hostelería: 10 %.
  2. Base: 63,80 ÷ 1,10 = 58,00 €
  3. Cuota: 63,80 − 58,00 = 5,80 €

58,00 € de base y 5,80 € de IVA.

Consulta rápida

Tipos de IVA en España y factores de cálculo

Comprueba siempre el tipo aplicable a tu operación concreta: dentro de un mismo sector puede haber tipos distintos.

TipoAñadir IVAQuitar IVAEjemplos habituales
21 % general× 1,21÷ 1,21Electrónica, ropa, servicios profesionales
10 % reducido× 1,10÷ 1,10Hostelería, transporte de viajeros, vivienda nueva
4 % superreducido× 1,04÷ 1,04Pan común, leche, libros, medicamentos
0 % / exento× 1,00÷ 1,00Operaciones exentas según normativa
Para qué sirve

Cuándo usar esta calculadora

  • Preparar una factura con base, cuota y total.
  • Desglosar el IVA de un ticket para contabilizarlo.
  • Comparar un precio con IVA con otro sin IVA.
  • Estimar la liquidación trimestral a partir de repercutido y soportado.
Antes de fiarte del resultado

Errores frecuentes

  • Restar el 21 % al precio final para «quitar el IVA». Sobre 121 € eso da 95,59 €, no 100 €. Hay que dividir entre 1,21.
  • Aplicar el tipo general por defecto sin comprobar si la operación lleva tipo reducido.
  • Confundir IVA con retención de IRPF: en una factura de autónomo son dos líneas distintas y de signo contrario.
  • Olvidar los regímenes especiales, el recargo de equivalencia o las operaciones intracomunitarias.
Antes de decidir

Ten en cuenta

El resultado depende de la calidad de los datos introducidos y del redondeo mostrado. Comprueba los supuestos antes de tomar una decisión importante.

Trazabilidad

Fuentes y revisión

Metodología matemática documentada · CalculadoraDeWeb

Revisión editorial y matemática: CalculadoraDeWeb.

Última revisión:

Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Cómo se quita el 21 % de IVA a un precio?

Divide el importe entre 1,21. Un total de 1.210 € corresponde a una base de 1.000 € y una cuota de 210 €.

¿Cuánto es el IVA de 1.000 euros?

Al tipo general del 21 %, la cuota es 210 € y el total 1.210 €. Al 10 %, 100 € y 1.100 €.

¿Qué IVA se aplica a la hostelería?

El tipo reducido del 10 % en servicios de restauración. Conviene comprobar la normativa vigente en cada caso concreto.

¿Es lo mismo IVA que IGIC?

No. Canarias aplica el IGIC, con tipos propios, y Ceuta y Melilla el IPSI. Esta calculadora trabaja con los tipos que introduzcas.